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Establece y adjunta el cuestionario a exigir por las Delegaciones Provinciales de Industria y Energía, o servicios correspondientes en el caso de Comunidades Autónomas, para expedir el carné de operador de calderas, a que se refiere el artículo 26 de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 17 de marzo de 1981, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP 1 del Reglamento de aparatos a presión. Los actuales operadores de calderas podrán continuar ejerciendo sus funciones después de la fecha de esta Resolución, siempre que no se les retire de dicho cometido por sanción u otras causas. |