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El Real Decreto 1830/1995, de 10 de noviembre, aprobó la Instrucción Técnica Complementaria MIE-APQ-006, referente a almacenamiento de líquidos corrosivos. El riesgo que presentan los líquidos corrosivos, siempre que no tengan otras características de peligrosidad, como ser, además, tóxicos, inflamables, combustibles, etc., consiste en el ataque químico tanto a personas como a instalaciones por contacto de dichos líquidos con los mismos. Por tanto, si se evita el contacto de manera efectiva, no es preciso mantener una distancia de seguridad. En particular, no es preciso alejar las instalaciones de líquidos corrosivos de las instalaciones de líquidos inflamables y combustibles (salvo aquellos que tengan otras características de peligrosidad, en cuyo caso deberá aplicarse la correspondiente ITC), ya que no propagarán el fuego, es decir, son menos peligrosos en un incendio que los líquidos combustibles de clase D. Por ello, este Real Decreto modifica el Capítulo II de la sección segunda de la ITC, referido a distancias entre instalaciones y entre recipientes. |