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Orden de 29 de marzo de 1974  |
Orden de 29 de marzo de 1974, sobre normas básicas de instalaciones de gas en edificios habitados |
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Organismo competente: | Presidencia del Gobierno | Fecha de Aprobación: | 29/3/1974 |
Publicación: | B.O.E. nº 77 | Fecha de Publicación: | 30/3/1974 |
Vigencia: | Derogado parcialmente Derogada por el Real Decreto 1953/1993, con excepción de los usos industriales |
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Comentarios: | La aprobación del Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles por Decreto 2913/1973, de 25 de octubre, aconseja la revisión y adaptación al mismo de las Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados, aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 29 de marzo de 1973.
Por otra parte, aunque el artículo 10 de las Normas Básicas prevé la posibilidad de que las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Industria, previo informe de la Delegación Provincial del Ministerio de la Vivienda, autoricen el suministro de gas a instalaciones que no se ajusten exactamente a las mismas, resulta conveniente adaptar algunos artículos a la experiencia recogida desde la publicación de las Normas para aplicar otros criterios igualmente seguros y de más fácil realización. Así, la presente disposición modifica las Normas Básicas de Instalaciones de Gas en Edificios Habitados, aprobadas por la referida Orden de 29 de marzo de 1973. Las Normas establecen los requisitos técnicos que deben cumplir las instalaciones de utilización de gas, incluidas las comunes a una pluralidad de usuarios y localizados en un mismo inmueble, a fin de obtener la adecuada seguridad y garantía de buen servicio en edificios habitados destinados a viviendas, oficinas, colegios o cualquier actividad hostelera, comercial o industrial. |