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Aprueba el Reglamento de la actividad de distribución de gases licuados del petróleo, que figura como anexo de este Real Decreto, derogando la normativa anterior, aplicable específicamente a los gases licuados del petróleo, contenidas en los Reales Decretos 2401/1985, de 27 de diciembre; 1340/1986, de 13 de junio; 106/1988, de 12 de febrero, y 29/1990, de 15 de enero.
La presente normativa regula el ejercicio de las actividades de comercialización al por mayor y al por menor de los gases licuados del petróleo, estableciendo un Reglamento único de carácter básico para todos los operadores y empresas suministradoras, ya sean nacionales o comunitarios, y regula asimismo las condiciones de suministro a consumidores o usuarios finales de gases licuados del petróleo a granel y envasado. De este modo, contempla las obligaciones generales de los operadores y empresas suministradoras, la autorización de la inscripción, las obligaciones y responsabilidades relativas a las instalaciones, los suministros y contratación, el régimen tarifario y las infracciones, sanciones y recursos concernientes a lo prescrito por el citado Reglamento. |