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Por Real Decreto 473/1988, de 30 de marzo, se dictaron las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo de las Comunidades Europeas, 76/767/CEE, sobre aparatos a presión. No obstante, el Reglamento de aparatos a presión, aprobado por Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, y modificado por Real Decreto 507/1982, de 15 de enero, mantiene disposiciones contradictorias con los artículos 30 y siguientes del Tratado CEE. De esta manera, por la presente disposición, el citado Reglamento sufre modificaciones en sus artículos 6, 9, 19, 20 y 22, relativas a la certificación, fabricantes, contrastación, legalización, y solicitud de registro de tipo.
Por último, quedan modificadas todas las Instrucciones Técnicas Complementarias del Reglamento de aparatos a presión en la medida en que no recojan las precisiones introducidas por este Real Decreto, que entra en vigor al día siguiente de su publicación en el B.O.E. |