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Autoriza la fabricación de botellas de acero inoxidable soldadas, destinadas a contener gas butano comercial, diseñadas y construidas conforme a una de las modalidades señaladas en la presente disposición. El fabricante de las citadas botellas deberá aplicar un Control de Conformidad, de acuerdo con lo establecido en los marginales 2215, 2216 y 2217 del Acuerdo para el Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR) vigente.
La fabricación y comercialización queda condicionada a la obtención del Certificado de Conformidad con los requisitos reglamentarios establecidos, otorgado por un organismo de control autorizado, de los establecidos en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
Incluye dos anexos, "Por el que se adapta al progreso técnico las prescripciones del Reglamento de Aparatos a Presión", y "Ensayos de integridad estructural". |