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En cumplimiento de lo estipulado por el Real Decreto 494/1988, de 20 de mayo, por el que se aprobó el Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible, la presente disposición aprueba e incluye una serie de Instrucciones Técnicas Complementarias, que contienen las normas técnicas aplicables, en el momento actual, a cada una de las clases de aparatos a que las mismas se refieren. La relación de dichos aparatos comprende quemadores a gas fabricados en serie con aire a presión atmosférica o con aire forzado, cocinas, freidoras, sartenes fijas y basculantes, marmitas, hornos de convección y baños María para usos colectivos, aparatos domésticos de cocción, calentadores instantáneos de agua para usos sanitarios, calderas murales de calefacción central derivadas de calentadores instantáneos de agua, y aparatos para la preparación rápida de café. Por último, una de las ITC se refiere a la placa de características para los aparatos a gas. |