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Aprueba y adjunta la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP5 del Reglamento de Aparatos a Presión referente a extintores de incendios, haciendo obligatorias las normas UNE 82.080 y 62.081, relativas al cálculo, construcción y recepción de botellas de acero con o sin soldadura para gases comprimidos, licuados o disueltos.
Esta ITC será exigible a todos los extintores que se presenten para registro de tipo en las Direcciones Provinciales de Industria y Energía u Organismos competentes de las Comunidades Autónomas. Los tipos de extintores registrados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden se adaptaran a sus prescripciones en el plazo que fija. De no hacerlo así, no podrá continuar su fabricación. Asimismo, los fabricantes, importadores y recargadores de extintores deberán adaptarse a lo que se determina en esta ITC. |