Comentarios: |
Declara de obligada observancia las especificaciones técnicas sobre cocinas económicas con paila para uso domestico que figuran en el anexo a este real decreto. Exige su homologación de tipo o modelo siguiendo lo establecido en el Reglamento General de Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía, aprobado por el Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, modificado parcialmente por el Real Decreto 734/1985, de 20 de febrero. Establece condiciones de fabricación para el mercado interior y la venta, importación o instalación en cualquier parte del territorio nacional. Regula la homologación y certificación, la solicitud de las mismas, pruebas y ensayos correspondientes y el plazo de validez de los certificados de conformidad, así como las inspecciones, infracciones y sanciones. |