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La presente Ley tiene por objeto regular el régimen jurídico de las actividades relativas a los hidrocarburos líquidos y gaseosos. Se consideran incluidas en su ámbito de aplicación la exploración, investigación y explotación de yacimientos y de almacenamientos subterráneos de hidrocarburos; el comercio exterior, refino, transporte, almacenamiento y distribución de crudo de petróleo y productos petrolíferos, incluidos los gases licuados del petróleo; y la adquisición, producción, licuefacción, regasificación, transporte, almacenamiento, distribución y comercialización de combustibles gaseosos por canalización.
Se regulan las competencias administrativas, la planificación en materia de hidrocarburos, las autorizaciones, permisos y concesiones, además de contemplar la ordenación del mercado de productos derivados del petróleo y tipificar las posible infracciones, fijando el oportuno régimen de sanciones. Finalmente incluye una relación de aquellas disposiciones que quedan derogadas a la entrada en vigor de la presente. |