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El Reglamento General de Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía en el campo de la normalización y homologación aprobado por Real Decreto 2584/1981, de 18 de septiembre, establece que la declaración de obligatoriedad de una normativa en razón de su necesidad se considerará justificada, entre otras razones, por la seguridad de usuarios y consumidores.
La obligación de velar por la seguridad, salubridad e higiene de los usuarios o consumidores, así como la defensa de sus intereses económicos, la prevención de prácticas que puedan inducir a error y perjuicio de los mismos y problemas tecnológicos fundamentales, obligan mediante este Real Decreto a establecer, con carácter obligatorio, la sujeción a normas de las soldaduras blandas de estaño/plata, así como la exigencia de la homologación de sus tipos y el seguimiento de la producción. Esta disposición adjunta, en el oportuno anexo, las especificaciones que deberán cumplir las soldaduras blandas de estaño/plata. |