Comentarios: |
Tiene por objeto establecer los procedimientos de evaluación de la conformidad y los requisitos de protección relativos a compatibilidad electromagnética de los equipos, sistemas e instalaciones para su posterior comercialización y puesta en servicio. También contempla el control, inspección y régimen sancionador correspondiente. No supone derogación de las disposiciones vigentes en materia de importación, comercialización o puesta en servicio de los aparatos, y actualiza la legislación en materia de equipos radioeléctricos utilizados por los radioaficionados, que quedan sometidos al mismo, salvo si se ajustan a la definición número 53 del artículo 1 del Reglamento de radiocomunicaciones, anejo al Convenio internacional de telecomunicaciones, y no están disponibles en los comercios. |