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Real Decreto 7/1988  |
Real Decreto 7/1988, de 8 de enero, relativo a las exigencias de seguridad del material eléctrico destinado a ser utilizado en determinados límites de tensión |
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Organismo competente: | Ministerio de Industria y Energía | Fecha de Aprobación: | 8/1/1988 |
Publicación: | B.O.E. nº 12 | Fecha de Publicación: | 14/1/1988 |
Comentarios: | El presente Real Decreto es de aplicación al material eléctrico sujeto a la Directiva del Consejo 73/23/CEE, es decir, el destinado a utilizarse con una tensión nominal comprendida entre 50 y 1.000 voltios en corriente alterna y entre 75 y 1.500 voltios en corriente continua, con las excepciones previstas en el propio texto. En el mismo se determinan los criterios técnicos de construcción de tales materiales, sus condiciones de seguridad, comercialización e importación. |