PASILLOS Y VIAS DE CIRCULACION.
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- Las vías de circulación estarán acondicionadas para su utilización por minusválidos
cuando ello sea requerido. (RD 486/97).
- El ancho libre mínimo de los pasillos de las vías de evacuación será el necesario
para garantizar la evacuación de acuerdo a las fórmulas de cálculo de las Normas que
fuesen de aplicación y como mínimo de 1m. (NBE-CPI-96, RD 486/97).
- Los pasillos no quedarán reducidos en más de 10 cm por elementos salientes, excepto
extintores. (NBE-CPI-96).
- Los pasillos se mantendrán libres de obstáculos. (RD 486/97).
- Los pasillos de evacuación que deban ser protegidos y especialmente protegidos
cumplirán las condiciones constructivas y de ventilación exigidas en la NBE-CPI-96.
(NBE-CPI-96).
- En los pasillos no podrán disponerse en cambios de nivel menos de 3 escalones si han de
evacuarse más de 50 personas no habituales en el edificio, por lo que de ser necesario se
dispondrán rampas de pendiente no superior al 12%. (NBE-CPI-96).
- La anchura de las vías por las que puedan circular medios de transporte y peatones
deberá permitir su paso simultáneo con una separación de seguridad suficiente. (RD
486/97).
- Las vías de circulación destinadas a vehículos deberán pasar a una distancia
suficiente de las puertas, portones, zonas de circulación de peatones, pasillos y
escaleras. (RD 486/97).
- Establecer las velocidades máximas de circulación, indicándolas mediante la
señalización adecuada.
- Las vías de circulación de vehículos deben estar señalizadas mediante líneas
continuas de color bien visible (blanco o amarillo).
- Establecer pasos peatonales, que permitan a los trabajadores cruzar con seguridad las
vías de circulación de vehículos.