ETICA MEDICA

El ejercicio de la Medicina del Trabajo, compromete, como en las demás prácticas de la Medicina, a la promoción y al mantenimiento de la salud de las personas que están a su cargo.
- Puede hablarse indistintamente de tres facetas de la ética:
1. La correspondiente al obligado cumplimiento de las reglamentaciones, como la notificación e información sobre enfermedades, y en las cuestiones planteadas por los tribunales o juzgados. En este caso, procede la actuación con respecto a la propia conciencia, y sin suministrar información gratuita que no corresponda específicamente.
2. El cumplimiento de los aspectos contemplados en el Código Deontológico Médico. Este código constituye el conjunto de las normas éticas, y está gobernado por el órgano médico supremo de cada país.
3. La necesidad de un determinado comportamiento y formas profesionales (aspecto, conducta,...) en las que se incluyen las características de dignidad, confianza e imparcialidad por las que se gana el respeto de los demás.
- La Deontología Médica, trata de los deberes del médico. Estos se han inspirado, desde la más remota antigüedad, en unos pocos principios: respeto a la vida, a la integridad de la persona, a la salud individual y colectiva.
El origen de todas las normas deontológicas es social, y por lo tanto, se comprende que estén en perpetua evolución, conforme lo hace la sociedad que las genera.
- Conviene delimitar los conceptos de moral, ética, legislación y deontología.
· La moral: trata de las acciones humanas en virtud de su bondad o malicia.
· La ética: rige la conducta humana de acuerdo con las costumbres.
· La legislación: está compuesta por las normativas impuestas por las estructuras estatales.
· La deontología: trata de los deberes.
Con el tiempo, los términos de deontología, ética y moral, se han convertido en la práctica, en sinónimos con una única función: "la actuación en busca del bien de conciencia".
Por lo tanto:
· La deontología médica: es el conjunto de normas que regulan la actuación profesional de la clase médica. La normas deontológicas no son deberes jurídicos, pues no existen obligaciones exigibles coactivamente. Las normas deontológicas son deberes morales, y por lo tanto, solo la propia conciencia es su juez.
· Las normas jurídicas que establece un Estado para garantizar un ordenamiento social, sí son exigibles coactivamente, y su transgresión implica una determinada pena.
- Pero la Deontología médica, ha tenido a través de la historia, continuos intentos de codificación. La primera formulación importante, fue el "Juramento de Hipócrates (año 400 a.C.)que estableció un código de conducta para los médicos, en sus relaciones con los pacientes, con los miembros de la profesión y con los estudiantes.
Desde entonces, se han estructurado, por parte de los gremios o instituciones similares, las principales normas éticas que deben regir la profesión médica, con vistas a su observación general.
En los últimos años, la Asociación Médica Mundial ha ido conformando los comportamientos éticos de la profesión, adecuándolos a la evolución de nuestra civilización.
Por ejemplo, se establecieron diferentes códigos en las Asambleas Generales de la Asociación Médica Mundial:
Código Internacional de Nurenberg (1947, sobre experimentación humana en relación a los abusos de guerra), Declaración de Ginebra (1948, y ratificada en 1968), Código de Londres (1949), Declaración de los principios relativos a los certificados médicos (1951), Reglas de Deontología Médica para los tiempos de guerra (1956-1957), Declaración de Helsinki (1964 y revisada en 1975), Principios Deontológicos sobre Medicina Social (1963, y ratificado 1967), Carta Médico Social de Nuremberg (1967), Carta de los Médicos de Hospitales del Comité permanente de Médicos de la Comunidad Económica Europea (1967), Carta de los Médicos Asalariados (1968), Carta de los Médicos del Trabajo (1969), Declaración de Oslo (1970, sobre el aborto terapéutico), Declaración de Tokio (1975, sobre la tortura), Declaración de Hawai (1977, sobre tratamientos psíquicos),...
Simultáneamente, se van modificando los distintos códigos nacionales.
(En España existían las "Reglas de Moralidad Médica" establecidas en una circular de la Junta Suprema de Sanidad en 1846, que obligaban a denunciar las situaciones que perjudicaran la salud).
- En España, se aprueba el Código de Deontología Médica, elaborado y auspiciado por el Consejo General de los Colegios Oficiales de Médicos y sancionado en abril de 1979 por el Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.