<<  <  >  >>  TESTS CONSEJERO
3860 ¿Cuándo se debe realizar la comunicación
al expedidor y a las autoridades competentes de
la no conformidad con cualquiera de los límites
del ADR que es de aplicación a la intensidad de la
radiación?
1.- Una vez se hayan adoptado las primeras
medidas para atenuar las consecuencias de la no
conformidad.
2.- Inmediatamente cuando se haya producido
una situación de exposición de emergencia.
3.- En el caso de constatación de la no
conformidad en la recepción de la carga, una vez
se haya descargado el último bulto.
4.- En el caso de un transporte, una vez se haya
aparcado convenientemente el vehículo.
Respuesta: 2