<<  <  >  >>  TESTS CONSEJERO
3688 Los vehículos que
transporten materias u objetos del
número ONU 0104, ¿deben utilizar
un sistema telemétrico que permita
el seguimiento de la mercancías?
1.- Sí, pero sólo si la medida es útil
y los equipos ya están instalados.
2.- Sí, pero sólo si la mercancía
peligrosa transportada supera los
333 kg.
3.- Sí, porque se consideran
mercancía peligrosa de alto riesgo.
4.- No, en ningún caso.
Respuesta: 1
Norma: ADR 1.10.3.3 (Nota) y ADR
1.10.4




1.10.3.3
Se deberán instalar en los vehículos que transporten mercancías peligrosas
de alto riesgo (ver tabla) los dispositivos, equipos o sistemas de protección
que impidan su robo o el de su carga, y se deben tomar medidas para asegurar
su operatividad y eficacia.
La aplicaciónde estas medidas de protección no debe comprometer la intervención
de los servicios de urgencia.
NOTA:
Los sistemas telemétricos u otros métodos o dispositivos que permitan seguir los movimientos
de mercancías peligrosas de alto riesgo, se deberán utilizar,si esta medida es útil y los equipos
necesarios ya están instalados.
1.10.4
De conformidad con las disposiciones del 1.1.3.6, las disposiciones de 1.10.1, 1.10.2, 1.10.3 y 8.1.2.1 d)
no se aplican cuando las cantidades transportadas en bultos a bordo de una unidad de transporte
no son superiores a las previstas en el 1.1.3.6.3, con excepción de los Nº ONU
0104, 0237, 0255, 0267, 0289, 0361, 0365, 0366, 0440, 0441, 0455, 0456 y 0500
(véase el primer guión del 1.1.3.6.2).
Además las disposiciones de 1.10.1, 1.10.2, 1.10.3 y8.1.2.1 d) no se aplican
si las cantidades transportadas en cisternas o a granel a bordo de una unidad de transporte
no son superiores a las previstas en el 1.1.3.6.3.