<<  <  >  >>  TESTS CONSEJERO
500 ¿En qué plazo de tiempo
deberá comunicar el destinatario de
una expedición de explosivos la
recepción de la misma a la
Intervención de Armas y
Explosivos?
1.- Dentro de las 48 horas desde la
recepción.
2.- Dentro de las 24 horas desde la
recepción
3.- Solamente cuando lo solicite la
Intervención de Armas y
Explosivos.
4.- Este trámite no es necesario.
Respuesta: 1
Norma: Real Decreto 230/1998
Artículo 248.3




Artículo 248.
1. La segunda y tercera copias de la Guía de Circulación, en su caso, seran
entregadas al transportista o al responsable de la expedición, debiendo acompañar
a esta en todo su recorrido.
2. EI destinatario, al recibir la expedición, comprobará previamente si la misma
se ajusta a los terminos de la Guía de Circulación, formulando los reparos que
estime oportunos en el cuerpo de la misma en presencia del transportista
o responsable de la expedición y dando cuenta inmediata de dichos reparos,
en su caso, a la Intervención de Armas y Explosivos.
3. En todo caso, el destinatario comunicara a la Intervención de Armas y Explosivos
la recepción de la expedición dentro de las cuarenta y ocho horas desde que esta
haya tenido lugar, presentando la Guía de Circulación recibida del transportista
o responsable de la expedición.
Dicha Intervención de Armas y Explosivos comunicara a la del punto de origen
el termino de la expedición y, en su caso, las incidencias habidas.
Asimismo, el destinatario remitira la tercera copia al proveedor,
para la debida constancia de este de la correcta recepción de la mercancia
o de los reparos pertinentes, en su caso.