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435 Excepto en transportes
colectivos de viajeros, y salvo que
la Intervención Central de Armas y
Explosivos autorice una cantidad
superior, ¿cuántos cartuchos se
podrán transportar por viajero?
1.- Ningún usuario puede
transportar cartucho alguno.
2.- 100 cartuchos metálicos y 300
cartuchos de caza.
3.- No existen limitaciones en este
caso.
4.- 300 cartuchos metálicos y 100
cartuchos de caza.
Respuesta: 2
Norma: Real Decreto 563/2010
Artículo 167.2




RD 563-2010 REGLAMENTO PIROTECNIA Y CARTUCHOS
ARTICULO 167. 2
Podrán transportarse conjuntamente con pasajeros, salvo en transportes
colectivos de viajeros, hasta 100 cartuchos metálicos y 300 cartuchos de caza
o similares por cada usuario.
Para la participación en competiciones deportivas, podrá permitirse el transporte
de una cantidad mayor de cartuchos, previa autorización de la
Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil.