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21 ¿Es obligatorio llevar a bordo
del vehículo la relación de
comprobaciones para la carga de
mercancías peligrosas?
1.- Sí, siendo la responsabilidad del
cargador.
2.- Sí, siendo la responsabilidad del
cargador, en la carga, y del
descargador en la descarga.
3.- Sí, siendo únicamente
responsabilidad del transportista el
llevarla a bordo del vehículo.
4.- No, no es obligatorio llevarla a
bordo del vehículo.
Respuesta: 4
Norma: Real Decreto 551/2006
Artículo 26.2

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