<<  <  >  >>  CASOS CONSEJERO
Respuesta 285:
1.- UN 3342, XANTATOS, 4.2, II, (D/E).
Cisterna: Vehículo cisterna.
Cantidad de mercancía: 10.000 kg.
Expedidor: EMPRESAS ASOCIADAS DEL SUR (Málaga).
Destinatario: COOPERATIVA DEL OEST (Cáceres).
2.- Sí. El código será T3, y la presión será de 2.65 bar.
3.- No, y la condiciones se encuentran en ADR 4.4.1.
4.- T4, T5, T6, T7, T8, T9, T10, T11, T12, T13, T14, T15, T16, T17, T18,
T19, T20, T21 y T22.
5.- Pertenece a la clase 4.2 y corresponden a materias orgánicas, sólidas,
que pueden experimentar inflamación espontánea sin riesgo subsidiario.
6.- Si se efectúa en vehículos que transporten mercancías peligrosas en
cisternas fijas o desmontables de capacidad no superior a 1 m³ y los
conductores de vehículos que transporten mercancías peligrosas en
contenedores cisterna o en cisternas portátiles con una capacidad individual
no superior a 3 m³. Además tampoco se necesitará cuando transporte 333
kg. o menos de masa neta en bultos, o cuando el transporte se acoja a las
exenciones en cantidades limitadas o cantidades exceptuadas.
7.- 300 kg. (UN 1202; 100x1= 100; 1000-100= 900; 900/3 = 300).
8.- Adaptados a las clases de inflamabilidad A, B y C
Número mínimo de extintores 2
Capacidad mínima total por unidad de transporte: 12 kg.
Extintor adaptado a un incendio en el compartimento motor o la cabina ­ al
menos un extintor de capacidad mínima: 2 kg.
Extintores suplementarios ­ al menos un extintor de capacidad mín. 6 kg.
La capacidad se entiende para un aparato conteniendo polvo (en el caso de
otro agente extintor aceptable, la capacidad deberá ser equivalente).
9.- Mínimo 5 mm.
10.- El dossier de esta cisterna deberá guardarse durante toda la vida de la
cisterna y conservarse durante 15 meses después de que la cisterna se
retiró del servicio.
Normativa: 1.- ADR 3.2.2 (Tabla B), ADR 3.2.1 (Tabla A), ADR 5.4.1.1 y
Real Decreto 551/2006 Artículo 32.
2.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 12 y 13" y ADR 4.2.5.2.6
3.- ADR 4.4.1
4.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 10" y ADR 4.2.5.2.5
5.- ADR 3.2.1 (Tabla A), ADR 2.2.42.1.2
6.- ADR 8.2.1, ADR 1.1.3.6, ADR 3.4 y ADR 3.5
7.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 15" y ADR 1.1.3.6
8.- ADR 8.1.4.1
9.- ADR 6.7.2.4.2
10.- ADR 4.3.2.1.7