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Respuesta 230:
1.- UN 3110, PERÓXIDO ORGÁNICO SOLIDO TIPO F (PERÓXIDO DE
DICUMILO), 5.2, (D).
2.- Todos los vehículos a motor de MMA superior a 12 toneladas,
matriculados después del 31-12-87 y todos los vehículos a motor de MMA
superior a 3,5 toneladas pero inferior o igual de 12 toneladas, matriculados
después del 31/12/2007.
3.- UN 3110 y etiqueta5.2. El número de ONU y las letras "UN", deben
medir al menos 12 mm de alto, excepto los bultos con una capacidad de 30
litros o de una masa neta de 30 kg y, excepto las botellas con un contenido
de agua que no superior a 60 litros, deben tener al menos 6 mm de altura,
y en los bultos con una capacidad de 5 litros o 5 kg como máximo, que
deben tener dimensiones adecuadas.
4.- 31A,31H1 y 31HA1 con capacidad máxima de 2.000 litros/kg.
5.- Presión mínima de cálculo en bares.
6.- Se llevarán, al alcance de la mano, en la cabina del vehículo.
7.- No deben ser embaladas en común con mercancías de otras clases o con
mercancías que no estén sometidas a las disposiciones del ADR. Sin
embargo si el peróxido orgánico es un endurecedor o un sistema de
compuestos múltiples para materias de la clase 3, el embalaje en común
estará autorizado con estas materias de la clase 3.
8.- En bultos (vehículo o contenedor) y "cisternas"(excepto vehículos
batería o CGEM).
9.- 83 kg. (UN 3106; 333-250= 83)
10.- Cuando las mercancías peligrosas, independientemente de su cantidad,
se han derramado y el importe estimado de los daños sobrepasa 50.000
euros.
Normativa: 1.- ADR 2.2.52.4, ADR 3.1.2.8, ADR 3.2.1 (Tabla A) y ADR
5.4.1.1
2.- ADR 9.2.1.1
3.- ADR 5.2.1, ADR 5.2.2
4.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 8" y ADR 4.1.4.2 IBC 520
5.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 12" y ADR 4.3.4.1.1
6.- ADR 5.4.3.1
7.- ADR 3.2.1 (Tabla A) "Columna 9 (b)" y ADR 4.1.10.4 MP4
8.- ADR 3.2.1 (Tabla A)
9.- ADR 2.2.52.4 y ADR 1.1.3.6
10.- ADR 1.8.5.3