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Caso 104 .- XENÓN
1.- Datos mínimos de la carta de porte.
2.- ¿Qué tipo de recipientes, y su capacidad máxima, podrán utilizarse para esta
materia?
3.- Una botella con una capacidad de 150 litros podrá contener un máximo de
esta materia de:
4.- Según la Ley 29/2003, en caso de utilizar envases o embalajes no
homologados ¿sería causa de sanción? En caso afirmativo ¿cómo se consideraría
la misma?
5.- Para la aplicación de las exenciones parciales del ADR, ¿qué cantidad
máxima, por unidad de transporte, se podrá transportar de esta materia?
6.- Indíquese a que presión de prueba inicial y periódica se deberá someter a los
recipientes metálicos que pueden ser autorizados para el transporte de esta
materia.
7.- ¿Dónde se llevarán las instrucciones escritas?
8.- ¿De qué medios de extinción de incendio y capacidad deberá disponer una
cisterna cargada con 12.000 kg de esta materia?
9.- ¿Cómo deberán estibarse los bultos en los vehículos o contenedores que
transporten esta materia?
10.- ¿En qué idiomas vendrá redactado el certificado de aprobación para el
vehículo?