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Los envases plásticos para la
contención de sustancias químicas
peligrosas deben ser homologados
y por ello:
No serán admisibles para líquidos
inflamables.
No deberán tener una capacidad
superior a 200 litros a no ser que estén
reforzados con elementos metálicos.
-X- Su vida no superará los cinco años.
La empresa fabricante de los
mismos está obligada a certificar su
calidad mediante los correspondientes
ensayos.