34.- Los vehículos-cisterna para el
transporte de gasolina, gasóleo y
queroseno ¿Deberán cumplir lo
dispuesto en el ADR para la
calefacción por combustible si estos
vehículos dispusieran de tal
instalación?.
a.- Sí.
b.- Sólo cuando estén autorizados
para el transporte de gasolina.
c.- Sólo para los que se matriculen
a partir del 30-06-99.
d.-No.
Respuesta correcta C.