160
El empleo del cinturón de seguridad
obligatorio en trabajos en altura:
Como medida complementaría a la
utilización de plataformas protegidas.
Siempre que el desnivel sea
superior a 3 m. y las medidas
preventivas sean insuficientes.
Siempre que no se utilicen
barandillas o redes de seguridad.
-X- Cuando las medidas preventivas
sean limitadas y el desnivel de caída
libre sea superior a 2 m.