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El
plazo
de
prescripción
de
las
faltas
en el
trabajo
cometidas
por
el
trabajador,
para
poder
ser
sancionado
por
el
empresario
es
de:
3
meses
desde
su
comisión
6
meses
desde
su
comisión
-x-
1
año
desde
su
comisión
.
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322