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ADR
¿Qué
debe
figurar
en la carta de
porte
de un
material
radiactivo?
a) El estado
físico
de la
materia.
b) La forma
química,
al menos en
su
designación
genérica.
c)
Ambas
descripciones
son
obligatorias.
x
Dirección
General
de
Tráfico.