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ADR

Si usted conduce un vehículo
que transporta una "carga
completa" de explosivos (Clase
1), ¿deberá llevar en la carta
de porte la indicación del
número de bultos, del peso en
kilogramos de cada bulto y del
peso total neto en kilogramos
de materia explosiva?
a) Sí, siempre. x
b) No, nunca.
c) Bastará con indicar el peso
total neto en kilogramos de la
materia explosiva.
Dirección General de Tráfico.