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ADR
¿Es
obligatorio
poner
las
etiquetas
de
peligro
en la
superficie
del
bulto?
- Sí.
-
Sí,
siempre
que
las
dimensiones
lo
permitan.
x
- No, es
suficiente
con
indicarlo
en la carta
del
porte.
Dirección
General
de
Tráfico
2007