La carga "en común" (en el
mismo vehículo) de materias
peligrosas en bultos y
productos alimenticios, otros
objetos para el consumo y
alimentos para los animales...
a) está prohibida si las
materias pertenecen a la Clase
3.
b) se admite al transporte bajo
ciertas condiciones si las
materias pertenecen a la Clase
6.1, 6.2 y 9. x
c) está prohibida
exclusivamente en el
transporte de botellas de gas
inflamable.
Dirección General de Tráfico 2007