<<  <  >  >>
ADR

¿Qué se entiende por
"mercancías peligrosas"?
a) Todas las mercancías.
b) Aquellas mercancías y
objetos cuyo transporte por
carretera está prohibido o
autorizado exclusivamente bajo
las condiciones establecidas en
el ADR. x
c) Sólo las mercancías que por
su posibilidad de explotar o
arder están recogidas en el
ADR.
Dirección General de Tráfico 2007