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ADR

Un pequeño contenedor es un
contenedor de volumen
interior:
a) como mínimo de 1 metro
cúbico y como máximo de 3
metros cúbicos. x
b) superior a los 3 metros
cúbicos.
c) como mínimo de 2 metros
cúbicos y máximo de 6 metros
cúbicos.
Dirección General de Tráfico 2007