materiales del mismo tipo y del mismo espesor, con las mismas técnicas de fabricación, con
soportes idénticos y sistemas de cierre y otros accesorios equivalentes.
6.7.5.11.2
El informe de la prueba del prototipo para la aprobación de tipo debe incluir, por lo menos,
los siguientes datos:
a)
los resultados del ensayo del bastidor aplicable, especificado en la norma ISO 1496-
3:1995;
b)
los resultados de la inspección y pruebas iniciales previstos en 6.7.5.12.3;
c)
los resultados del ensayo de impacto previsto en 6.7.5.12.1; y
d)
documentos de certificación demostrativos de que las botellas y los tubos se atienen a
las normas aplicables.
6.7.5.12
Control y ensayos
6.7.5.12.1
Los CGEM que se ajusten a la definición de "contenedor" dada en el Convenio Internacional
sobre la Seguridad de los Contenedores (CSC) de 1972, con las modificaciones introducidas,
no deberán utilizarse a menos que sea comprobada su adecuación después que un prototipo
que represente cada modelo se someta satisfactoriamente a la prueba dinámica de impacto
longitudinal, dispuesta en el Manual de pruebas y criterios, Parte IV, sección 41.
6.7.5.12.2
Los elementos y los equipos de cada CGEM deben ser sometidos a una primera inspección y
una primera prueba antes de ser puestos en servicio (inspección y prueba inicial) y después a
intervalos de cinco años como máximo (inspección y prueba periódica quinquenales). Cuando
sea necesario en virtud del 6.7.5.12.5, se efectuará una inspección y prueba excepcional,
independientemente de la fecha de la última inspección y prueba periódica.
6.7.5.12.3
Como parte de la inspección y prueba inicial de un CGEM se debe proceder a una
comprobación de las características del diseño, a un examen externo del CGEM y de sus
accesorios, teniendo en cuenta los gases que van a transportarse, y a una prueba de presión,
teniendo en cuenta las presiones de ensayo que figuran en la instrucción de embalaje P200
del 4.1.4.1. La prueba de presión del colector puede ser una prueba de presión hidráulica o
puede utilizarse otro líquido o gas si lo aprueba la autoridad competente o la entidad por ella
autorizada. Antes de que el CGEM sea puesto en servicio, también debe efectuarse una
prueba de estanqueidad y una prueba de funcionamiento satisfactorio de todos los equipos de
servicio. Si los elementos y sus accesorios han sido sometidos por separado a una prueba de
presión, deben someterse juntos, una vez montados, a una prueba de estanqueidad.
6.7.5.12.4
Las inspecciones y pruebas quinquenales deben comprender un examen externo de la
estructura, de los elementos y de los equipos de servicio, de acuerdo con 6.7.5.12.6. Los
elementos y la tubería deberán ser comprobados con la periodicidad que se especifica en la
instrucción de embalaje P200 del 4.1.4.1 y de acuerdo con las disposiciones de 6.2.1.5. Si los
elementos y los equipos de servicio han sido sometidos por separado a una prueba de
presión, deben someterse juntos, una vez montados, a una prueba de estanqueidad.
6.7.5.12.5
Deberá procederse a una inspección y una prueba excepcional cuando haya indicios de que el
CGEM tiene zonas dañadas o corroídas o tiene escapes u otras anomalías o indicios de
deficiencias que puedan afectar a su integridad. El nivel de la inspección y prueba
excepcional dependerá de la importancia de los daños o deterioros sufridos por el CGEM.
Deben incluir por lo menos los exámenes requeridos en 6.7.5.12.6.
6.7.5.12.6
Los exámenes deben asegurar que:
a)
se inspeccionan externamente los elementos para comprobar si tienen picaduras,
corrosiones, abrasiones, soldaduras, deformaciones, defectos de soldadura o cualquier
otra anomalía, incluidos los escapes, que puedan hacer que el CGEM no sea seguro
para el transporte;
b)
se inspeccionan las tuberías, las válvulas y las juntas para comprobar si existen zonas
de corrosión, defectos y otras anomalías, incluidos los escapes, que puedan hacer que
el CGEM no sea seguro durante el llenado, el vaciado o el transporte;
c)
se reponen los pernos o tuercas que falten o se aprietan los pernos o tuercas sueltos en
las juntas con bridas o en las bridas ciegas;
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