superficie superior de la barra, debe ser de 1 m. La barra debe ser maciza, de acero
dulce, con una sección circular de 15,0 ± 0,5 cm de diámetro, y de 20 cm de longitud,
a menos que una barra más larga pueda causar un daño mayor, en cuyo caso se
empleará una barra de longitud suficiente para causar el daño máximo. La superficie
superior de la barra debe ser plana y horizontal, y sus bordes deben ser redondeados,
con un radio no superior a 6 mm. El blanco en el que esté montada la barra debe tener
las mismas características que el descrito en 6.4.14.
c)
Caída III: el espécimen se somete a un ensayo de aplastamiento dinámico colocándose
sobre el blanco de modo que sufra el daño máximo por la caída de una masa de 500 kg
desde una altura de 9 m sobre el espécimen. La masa consiste en una placa maciza de
acero dulce de 1 m por 1 m que caerá en posición horizontal. La altura de caída se mide
entre la cara inferior de la placa y el punto más alto del espécimen. El blanco sobre el
que repose el espécimen tendrá las mismas características que el descrito en 6.4.14.
6.4.17.3
Ensayo térmico: el espécimen debe estar en condiciones de equilibrio térmico a una
temperatura ambiente de 38 ºC, sometido a las condiciones de la irradiación solar
especificadas en el cuadro 6.4.8.6 y a la tasa máxima de diseño de generación de calor en el
interior del bulto producido por el contenido radiactivo. Como alternativa, se permite que
cualquiera de estos parámetros posea distintos valores antes y durante el ensayo siempre que
se tenga debidamente en cuenta en la evaluación ulterior del comportamiento del bulto.
El ensayo térmico consiste en lo siguiente:
a)
la exposición del espécimen durante un período de 30 minutos a un medio térmico que
aporte un flujo de calor que equivalga, como mínimo, al de la combustión en aire de un
combustible hidrocarburado en condiciones ambientales suficientemente en reposo para
alcanzar un coeficiente de emisión medio de la llama de 0,9 como mínimo, y una
temperatura media de 800 ºC, como mínimo, que rodee totalmente el espécimen, con un
coeficiente de absorción superficial de 0,8, o bien el valor que se pueda demostrar que
tendrá el bulto si se expone a un fuego de las características dispuestas, seguido por
b)
la exposición del espécimen a una temperatura ambiente de 38 ºC, sometido a las
condiciones de la irradiación solar especificadas en el cuadro 6.4.8.6 y a la tasa máxima
de diseño de generación de calor en el interior del bulto producido por el contenido
radiactivo durante suficiente tiempo para garantizar que las temperaturas en el espécimen
disminuyan uniformemente y/o se acerquen a las condiciones iniciales de estado
estacionario. Como alternativa, se permite que cualquiera de estos parámetros posea
distintos valores después de que cese el aporte de calor, siempre que se tengan
debidamente en cuenta en la evaluación posterior del comportamiento del bulto.
Durante el ensayo y después de él no se debe enfriar el espécimen artificialmente y se debe
permitir que prosiga naturalmente cualquier combustión de sus materiales.
6.4.17.4
Ensayo de inmersión en agua: el espécimen de debe sumergir bajo una columna de agua de,
como mínimo, 15 m durante un período no inferior ocho horas en la posición que produzca
el daño máximo. A los efectos de demostración, se considerará que cumple dichas
condiciones una presión externa manométrica de, como mínimo 150 kPa.
6.4.18
Ensayo reforzado de inmersión en agua aplicable a los bultos del tipo B(U) y del tipo
B(M) que contengan más de 105 A2 y para los bultos de tipo C
Ensayo reforzado de inmersión en agua: el espécimen se debe sumergir bajo una columna de
agua de, como mínimo, 200 m durante un período no inferior a una hora. A los efectos de
demostración, se considerará que cumple estas condiciones una presión externa manométrica
de, como mínimo, 2 MPa.
6.4.19
Ensayo de infiltración de agua aplicable a los bultos con contenido de sustancias
fisionables
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