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en el recipiente a presión se debe considerar como una declaración de que el recipiente a
presión cumple con las normas aplicables así como con las disposiciones del sistema de
evaluación de la conformidad y las del ADR. El organismo de control debe colocar, o delegar
en el fabricante para que las coloque, las marcas de certificación del recipiente a presión y la
marca identificativa del organismo de control en cada uno de los recipientes a presión
certificados.
Antes del llenado de los recipientes a presión debe emitirse un certificado de conformidad
firmado por el organismo de control y por el fabricante.
6.2.2.5.6
Registros
Los registros de las aprobaciones de los modelos tipo y de los certificados de conformidad
deben conservarse por el fabricante y por el organismo de control durante un mínimo de 20
años.
6.2.2.6
Sistema de aprobación del control y prueba periódica de los recipientes a presión
6.2.2.6.1
Definición
A los efectos de esta sección se entiende:
"Sistema de aprobación", un sistema de aprobación por la autoridad competente de un
organismo encargado de efectuar los controles y pruebas periódicas de recipientes a presión
(denominado en lo sucesivo "organismo de control y pruebas periódicas"), incluida la
aprobación del sistema de calidad de ese organismo.
6.2.2.6.1
Disposiciones generales
Autoridad competente
6.2.2.6.2.1
La autoridad competente establecerá un sistema de aprobación para asegurar que los controles y
las pruebas periódicas de los recipientes a presión se ajustan a lo dispuesto en el ADR. En los
casos en que la autoridad competente, que apruebe el organismo encargado de los controles y
pruebas periódicas de un recipiente a presión, no sea la autoridad competente del país que
apruebe la fabricación de ese recipiente, las marcas del país que apruebe los controles y pruebas
periódicas figurarán en el marcado del recipiente a presión (véase 6.2.2.7.).
La autoridad competente del país de aprobación de los controles y pruebas periódicas
facilitará, cuando se solicite, información que demuestre el cumplimiento de ese sistema de
aprobación, incluidos los registros de los controles y pruebas periódicas, a su homólogo en el
país de utilización.
La autoridad competente del país de aprobación podrá cancelar el certificado de aprobación
descrito en 6.2.2.6.4.1 cuando disponga de pruebas de una no conformidad en el sistema de
aprobación.
6.2.2.6.2.2
La autoridad competente puede delegar total o parcialmente sus funciones en el sistema de
aprobación.
6.2.2.6.2.3
La autoridad competente se asegurará de que esté disponible una lista actualizada de los
organismos de control y pruebas periódicas aprobados y de sus marcas de identidad.
Organismo de control y pruebas periódicas
6.2.2.6.2.4
El organismo de control y pruebas periódicas será aprobado por la autoridad competente y
deberá:
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