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INSTRUCCIÓN DE EMBALAJE
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Los embalajes siguientes están autorizados si satisfacen las disposiciones generales de las secciones 4.1.1 y
4.1.3 y las disposiciones particulares de la sección 4.1.5:
Envases y acondicionamientos
Embalajes y acondicionamientos
Embalajes y acondicionamientos
interiores
intermedios
exteriores
No son necesarios
No son necesarios
Cajas
de acero (4A)
de aluminio (4B)
de madera natural, de usos
generales (4C1)
de madera natural, de paneles
estanco a los pulverulentos
(4C2)
de contrachapado (4D)
de aglomerado de madera (4F)
de cartón (4G)
de plástico expandido (4H1)
de plástico rígido (4H2)
Bidones
de acero, de tapa móvil (1A2)
de aluminio, de tapa móvil (1B2)
de contrachapado (1D)
de cartón (1G)
de plástico, de tapa móvil (1H2)
Disposiciones especiales de embalaje:
PP67
Las disposiciones siguientes son de aplicación a los números ONU 0006, 0009, 0010,
0015,
0016,
0018, 0019, 0034, 0035, 0038, 0039, 0048, 0056, 0137, 0138, 0168, 0169, 0171, 0181,
0182,
0183,
0186, 0221, 0243, 0244, 0245, 0246, 0254, 0280, 0281, 0286, 0287, 0297, 0299, 0300,
0301,
0303,
0321, 0328, 0329, 0344, 0345, 0346, 0347, 0362, 0363, 0370, 0412, 0424, 0425, 0434,
0435,
0436,
0437, 0438, 0451, 0488 y 0502:
Los objetos explosivos voluminosos y de gran tamaño, previstos normalmente para usos militares, que
no incluyan medios de iniciación o cebado, o que tengan estos medios dotados al menos de dos
dispositivos de seguridad eficaces, podrán transportarse sin ser embalados. Cuando dichos objetos
incluyan cargas propulsoras o sean objetos autopropulsados, sus sistemas de encendido deberán ir
protegidos contra los movimientos bruscos que puedan ocasionarse en condiciones normales de
transporte. Un resultado negativo en las pruebas de la serie 4 efectuadas sobre un objeto no embalado
permitirá que se pueda verificar el transporte del objeto sin embalaje. Estos objetos sin embalar podrán
ir fijados en armaduras o colocados en jaulones de embalaje o en cualquier otro dispositivo adecuado
para su manipulación.
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