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2.3.5
Clasificación de las materias organometálicas en las clases 4.2 y 4.3
En función de sus propiedades, tal como se determinana en los ensayos N.1 a N.5 del
Manual de Pruebas y Criterios, Parte II, sección 33, las materias organometálicas pueden
clasificarse en las clases 4.2 o 4.3, según el caso, conforme al diagrama de decisión de la
figura 2.3.6.
NOTA 1: Las materias organometálicas pueden asignarse a otras clases, según sea el
caso, en función de sus otras propiedades y de la tabla de orden de preponderancia de
peligros (véase 2.1.3.10).
2: Las soluciones inflambles con compuestos organometálicos en concentraciones
tales que, en contacto con el agua, no emitan gases inflamables en cantidades peligrosas y
no se inflamen espontáneamente, son materias de la clase 3.
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