radionucleido, tanto en las condiciones normales como en las accidentales del transporte.
También podrán utilizarse los valores de la tabla 2.2.7.2.2.2 para los radionucleidos sin obtener
la aprobación de la autoridad competente.
Tabla 2.2.7.2.2.2:
Valores básicos para los radionucleidos o mezclas sobre los que no se dispone de datos
Contenido radiactivo
A1
A2
Actividad másica
Límite de
para las materias
actividad por
exentas
envío exento
(TBq)
(TBq)
(Bq/g)
(Bq)
Presencia demostrada de nucleidos
1 × 101
1 × 104
0,1
0,02
emisores beta o gamma únicamente
Presencia demostrada de nucleidos
9 × 10-5
1 × 10-1
1 × 103
0,2
emisores alfa pero no emisores de
neutrones
Presencia demostrada de nucleidos
9 × 10-5
1 × 10-1
1 × 103
0,001
emisores de neutrones, o bien no se
dispone de datos pertinentes
2.2.7.2.2.3
Para el cálculo de A1 y A2 de un radionucleido que no figure en la tabla 2.2.7.7.2.1, se
considerará como radionucleido puro a una única cadena de desintegración radiactiva en la
que los radionucleidos se hallen en la misma proporción que en el estado natural y en la que
ningún descendiente tenga un período superior a 10 días o superior al del predecesor. La
actividad que ha de tomarse en consideración y los valores de A1 o de A2 que se aplicarán
serán aquellos correspondientes al predecesor de dicha cadena. En el caso de cadenas de
desintegración radiactiva en las que uno o varios descendientes tengan un período superior a
10 días o superior al del predecesor, se considerará el predecesor y sus descendientes como
una mezcla de nucleidos.
2.2.7.2.2.4
En el caso de mezclas de radionucleidos, los valores básicos referidos en 2.2.7.7.2.1 pueden
determinarse como sigue:
1
Xm=
f (i)
∑
i X(i)
donde
f(i)
es la fracción de actividad o la fracción de actividad másica del radionucleido i en la mezcla;
X(i) es el valor apropiado de A1 o A2 o la actividad másica para las materias exentas o, en
su caso, el límite de actividad para un envío exento en el caso del radionucleido i.
es el valor calculado de A1 o A2 o la actividad másica para las materias exentas o el
Xm
límite de actividad para un envío exento en el caso de una mezcla.
2.2.7.2.2.5
Cuando se conoce la identidad de cada radionucleido, pero se ignora la actividad de algunos
de ellos, pueden reagruparse los radionucleidos y utilizarse, aplicando las fórmulas que
aparecen en los apartados 2.2.7.7.2.4 y 2.2.7.7.1.4.2, el valor más bajo para los
radionucleidos de cada grupo. Los grupos podrán estar constituidos según la actividad total
alfa y la actividad total beta/gamma cuando sean conocidos, aplicándose el valor más bajo
correspondientes a los emisores alfa o a los emisores beta/gamma respectivamente.
2.2.7.2.2.6
En el caso de radionucleidos o mezclas de radionucleidos para los que no se disponga de
datos, se utilizarán los valores de la tabla 2.2.7.7.2.2.
2.2.7.2.3
Determinación de otras características de las materias
2.2.7.2.3.1
Materiales de baja actividad específica (LSA (BAE))
2.2.7.2.3.1.1
(Reservado)
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