ADR82




ADR82

ADR 8.2 Disposiciones relativas a la formación de la tripulación el vehículo.

8.2.1 Disposiciones generales relativas a la formación de los conductores.

8.2.2 Disposiciones especiales relativas a la formación de los conductores.

8.2.3 Formación de todo el personal, distinto de los conductores contemplados en el 8.2.1, relacionados con el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

MODIFICACIONES ADR 2009 CAPITULO 8.2

8.2.1.- Se excluye de la exigencia de la especialidad de explosivos a los conductores que transporten materias de la clase I.4.S.
Se exige la especialidad de explosivos a los conductores de las MEMU cargadas con materias de las clases 1 y 5.1.
8.2.2.- La formación de los conductores debe incluir temas sobre las restricciones en túneles.

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