ADR64 |
ADR64
ADR 6.4 Disposiciones relativas a la construcción, ensayo y aprobación de los bultos y
materiales de la clase 7.
6.4.1 (Reservado).
6.4.2 Disposiciones generales.
6.4.3 (Reservado).
6.4.4 Disposiciones relativas a los bultos exceptuados.
6.4.5 Disposiciones relativas a los bultos industriales.
6.4.6 Disposiciones relativas a los bultos que contienen hexafluoruro de uranio.
6.4.7 Disposiciones relativas a los bultos del tipo A.
6.4.8 Disposiciones relativas a los bultos del tipo B(U).
6.4.9 Disposiciones relativas a los bultos del tipo B(M).
6.4.10 Disposiciones relativas a los bultos del tipo C.
6.4.11 Disposiciones relativas a los bultos que contengan sustancias fisionables.
6.4.12 Métodos de ensayo y demostración de cumplimiento.
6.4.13 Ensayo de la integridad del sistema de contención y del blindaje y evaluación de la seguridad con respecto a la criticidad.
6.4.14 Condicones normales de transporte.
6.4.16 Bultos tipo A líquido y gas.
6.4.18 Ensayo inmersión agua.
6.4.20 Ensayo bultos tipo C.
6.4.22 Aprobación diseños y materiales.
6.4.23 Autorización transporte radiactivo.
MODIFICACIONES ADR 2009 CAPITULO 6.4
6.4.5.4.- Los bultos industriales para materias nucleares,
IP-2 e IP-3 (BI-2 y BI-3), deberán satisfacer las exigencias para los grupos de embalaje
I y II, respectivamente, del Capítulo 6.1.
6.4.8.14.- Un bulto que contenga materias radiactivas de baja dispersión deberá
diseñarse para que cualquier elemento que se incorpore a dichas materias, y que no forme
parte de ellas, o cualquier componente interno del embalaje, no afecte de forma adversa al
comportamiento de las materias radiactivas.